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Última actualización: 28/10/2016

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Becas, créditos y subsidios externos e internos (hasta 2017)


Nombre de la Beca Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona Requisitos y antecedentes para postular Monto global asignado Período o plazo de postulación Criterio de evaluación y asignación Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. Objetivo del Subsidio o Beneficio Tipo Denominación Número Fecha  Link texto integro Enlace a mayor información si correspondiere
1 BECA BICENTENARIO Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Ver Enlace Arandel referencial Anual. Noviembre y Marzo de cada año Ser Chileno. Haber llenado y enviado adecuadamente formulario de postulación en las fechas correspondientes. Pertenecer al 70% de la población más vulnerable del país. Obtener al menos 500 puntos promedio PSU (Lenguaje y Comunicación y Matemática). Los postulantes en situación de discapacidad serán eximidos del requisito de puntaje PSU; y sólo se les exigirá un promedio de Notas de Enseñanza Media igual o superior a 5,0. Matricularse en primer año en alguna carrera regular de pregrado, con ingreso vía PSU, impartida por alguna universidad perteneciente al Consejo de Rectores (Universidades Tradicionales) según artículo 1° del D.F.L.(Ed.) N°4 de 1981, que se encuentren acreditadas por la Comisión Nacional de Acreditación al 31 de Diciembre de 2015. En el caso de matricularse en carreras de Medicina o Pedagogía, para hacer efectiva la beca, la carrera debe estar acreditada ante la Comisión Nacional de Acreditación al 31 de Diciembre de 2014. Realizar una acreditación socioeconómica en la institución de matrícula. Los plazos los establece Mineduc. Los estudiantes realizan su postulación en el mes de Noviembre de cada año y Mineduc entrega resultados de pre-selección en el mes de Enero. Luego del proceso de Acreditación Socioeconòmica en el cual el estudiante respalda lo expuesto en FUAS, se entregan resultados de Asignación en el mes de Febrero. Así mismo permite la postulación y acreditación en el mes de marzo a estudiantes rezagados. Los resultados son publicados en: www.beneficiosestudiantiles.cl Financiar el Arancel Referencial Anual de la Carrera Decreto Modifica Decreto Nº 108, de 2015, que modifica Decreto Nº 97 de 2013,modificado por el Decreto Nº 167 de 2014 que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior. 108 07/09/2015 Ver Enlace Ver Enlace
2 BECA PUNTAJE PSU Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Ver Enlace $1.150.000 Noviembre y Marzo de cada año Ser Chileno. Haber llenado y enviado adecuadamente el formulario en las fechas correspondientes. Haber egresado de enseñanza media el año 2015 de establecimientos municipales, particulares subvencionados o de administración delegada. Haber obtenido puntaje nacional o regional en la PSU rendida para el proceso de admisión 2015. Pertenecer al 80% de la población más vulnerable del país. Matricularse en primer año en Instituciones de Educación Superior que se encuentren acreditadas ante la Comisión Nacional de Acreditación al 31 de Diciembre del 2015. En el caso de matricularse en carreras de Medicina o Pedagogía, para hacer efectiva la beca, la carrera debe estar acreditada ante la Comisión Nacional de Acreditación al 31 de Diciembre de 2015. Realizar una acreditación socioeconómica en la institución de matrícula. Los plazos los establece Mineduc. Los estudiantes realizan su postulación en el mes de Noviembre de cada año y Mineduc entrega resultados de pre-selección en el mes de Enero. Luego del proceso de Acreditación Socioeconòmica en el cual el estudiante respalda lo expuesto en FUAS, se entregan resultados de Asignación en el mes de Febrero. Así mismo permite la postulación y acreditación en el mes de marzo a estudiantes rezagados. Los resultados son publicados en: www.beneficiosestudiantiles.cl Finanancia hasta $1.150.000 Arancel Referencial Anual. Decreto Modifica Decreto Nº 108, de 2015, que modifica Decreto Nº 97 de 2013,modificado por el Decreto Nº 167 de 2014 que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior. 108 07/09/2015 Ver Enlace Ver Enlace
3 BECA EXCELENCIA ACADEMICA Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Ver Enlace $1.150.000 Noviembre y Marzo de cada año Ser Chileno. Haber llenado y enviado adecuadamente el formulario en las fechas correspondientes. Pertenecer al 10% de los mejores promedios de notas de Enseñanza Media de establecimientos municipales, particulares subvencionados o de administración delegada. Haber egresado de enseñanza media el año 2015. Pertenecer al 80% de la población más vulnerable del país. En el caso de matricularse en carreras de Medicina o Pedagogía, para hacer efectiva la beca, la carrera debe estar acreditada ante la Comisión Nacional de Acreditación al 31 de Diciembre de 2015. Matricularse en primer año en Instituciones de Educación Superior que se encuentren acreditadas ante la Comisión Nacional de Acreditación al 31 de Diciembre del 2015. Realizar una acreditación socio económica en la institución de matrícula. Los plazos los establece Mineduc. Los estudiantes realizan su postulación en el mes de Noviembre de cada año y Mineduc entrega resultados de pre-selección en el mes de Enero. Luego del proceso de Acreditación Socioeconòmica en el cual el estudiante respalda lo expuesto en FUAS, se entregan resultados de Asignación en el mes de Febrero. Así mismo permite la postulación y acreditación en el mes de marzo a estudiantes rezagados. Los resultados son publicados en: www.beneficiosestudiantiles.cl Finanancia hasta $1.150.000 Arancel Referencial Anual. Decreto Modifica Decreto Nº 108, de 2015, que modifica Decreto Nº 97 de 2013,modificado por el Decreto Nº 167 de 2014 que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior. 108 07/09/2015 Ver Enlace Ver Enlace
4 BECA HIJO PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Ver Enlace $ 500.000 Noviembre y Marzo de cada año Ser Chileno. Haber llenado y enviado adecuadamente el formulario en las fechas correspondientes. Ser hijo de Profesional o de Asistente de la Educación cuyo padre o madre tenga contrato vigente al 31 de diciembre de 2015 en establecimientos municipales, subvencionados o de administración delegada. Pertenecer al 80% de la población más vulnerable del país. Obtener al menos 500 ptos. promedio PSU (Lenguaje y Comunicación y Matemáticas) del proceso de admisión 2014 o 2015 con el cual el estudiante fue seleccionado para ingresar a la carrera. Tener un promedio de notas de enseñanza media igual o superior a 5.5. Los 100 mejores estudiantes que obtengan al menos un puntaje PSU de 600 puntos y un promedio de notas de enseñanza media (NEM) igual o superior a 6.0 se les eximirá del requisito socioeconómico. Matricularse en primer año en Instituciones de Educación Superior que cuenten con plena autonomía. En el caso de matricularse en carreras de Medicina o Pedagogía, para hacer efectiva la beca, la carrera debe estar acreditada ante la Comisión Nacional de Acreditación al 31 de Diciembre de 2015. Realizar una acreditación socioeconómica en la institución de matrícula. Los plazos los establece Mineduc. Los estudiantes realizan su postulación en el mes de Noviembre de cada año y Mineduc entrega resultados de pre-selección en el mes de Enero. Luego del proceso de Acreditación Socioeconòmica en el cual el estudiante respalda lo expuesto en FUAS, se entregan resultados de Asignación en el mes de Febrero. Así mismo permite la postulación y acreditación en el mes de marzo a estudiantes rezagados. Los resultados son publicados en: www.beneficiosestudiantiles.cl Financia hasta $500.000 Arancel Referencial Anual. Decreto Modifica Decreto Nº 108, de 2015, que modifica Decreto Nº 97 de 2013,modificado por el Decreto Nº 167 de 2014 que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior. 108 07/09/2015 Ver Enlace Ver Enlace
5 BECA JUAN GOMEZ MILLAS Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Ver Enlace $1.150.000 Noviembre y Marzo de cada año Ser chileno(a). No contar con un título profesional o técnico de nivel superior. Pertenecer al 70% de la población más vulnerable del país. Haber llenado y enviado adecuadamente el formulario de postulación (FUAS) en las fechas correspondientes. Obtener al menos 500 puntos promedio PSU (pruebas Lenguaje y Comunicación y Matemática) en Matricularse en primer año de carreras regulares impartidas por instituciones de Educación Superior que se encuentren acreditadas al 31 de Diciembre del 2015 ante la Comisión Nacional de Acreditación. En el caso de matricularse en Medicina o Pedagogía, para hacer efectiva la beca, la carrera debe estar acreditada. Realizar una acreditación socioeconómica en la institución de matrícula, presentando los documentos descritos en la sección Matrícula y Acreditación del sitio www.beneficiosestudiantiles.cl Los plazos los establece Mineduc. Los estudiantes realizan su postulación en el mes de Noviembre de cada año y Mineduc entrega resultados de pre-selección en el mes de Enero. Luego del proceso de Acreditación Socioeconòmica en el cual el estudiante respalda lo expuesto en FUAS, se entregan resultados de Asignación en el mes de Febrero. Así mismo permite la postulación y acreditación en el mes de marzo a estudiantes rezagados. Los resultados son publicados en: www.beneficiosestudiantiles.cl Finanancia hasta $1.150.000 Arancel Referencial Anual. Decreto Modifica Decreto Nº 108, de 2015, que modifica Decreto Nº 97 de 2013,modificado por el Decreto Nº 167 de 2014 que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior. 108 07/09/2015 Ver Enlace Ver Enlace
6 BECA JUAN GOMEZ MILLAS PARA EXTRANJEROS Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Ver Enlace $1.1510.000 Noviembre de cada año Ser alumno proveniente de América Latina o el Caribe. No contar con un título profesional o técnico de nivel superior. Pertenecer al 70% de la población más vulnerable del país. Cumplir con requisitos de admisión asimilables a los puntajes de la Prueba de Selección Universitaria de las Universidades Chilenas, establecidos por la Institución de Educación Superior (*). Haber llenado y enviado adecuadamente el formulario de postulación (FUAS) en las fechas correspondientes. Matricularse en primer año de carreras regulares impartidas por instituciones de Educación Superior que se encuentren acreditadas al 31 de Diciembre del 2015 ante la Comisión Nacional de Acreditación. En el caso de matricularse en Medicina o Pedagogía, para hacer efectiva la beca, la carrera debe estar acreditada. Realizar una acreditación socioeconómica en la institución de matrícula, presentando los documentos descritos en la sección Matrícula y Acreditación del sitio www.beneficiosestudiantiles.cl *IMPORTANTE: La postulación de alumnos extranjeros a universidades chilenas se realiza mediante dos vías. La primera es solicitar el ingreso por admisión especial, para lo cual el estudiante debe informarse directamente en la institución en la que desee estudiar respecto a los requisitos que debe cumplir; mientras que la segunda opción es rendir la Prueba de Selección Universitaria (PSU). Para ello, el alumno debe previamente solicitar al Mineduc el reconocimiento y convalidación de sus estudios básicos y medios en su país de origen. La información respecto a cómo realizar este procedimiento se encuentra disponible en www.chileatiende.cl Los plazos los establece Mineduc. Los estudiantes realizan su postulación en el mes de Noviembre de cada año y los resultados de asignación final se entregan en: www.beneficiosestudiantiles.cl Finanancia hasta $1.150.000 Arancel Referencial Anual. Decreto Modifica Decreto Nº 108, de 2015, que modifica Decreto Nº 97 de 2013,modificado por el Decreto Nº 167 de 2014 que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior. 108 07/09/2015 Ver Enlace Ver Enlace
7 BECA VOCACION DE PROFESOR-PEDAGOGIAS Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Ver Enlace Financia la matrícula y la totalidad del arancel anual de la carrera. Además, otorga beneficios adicionales según el puntaje PSU obtenido. Desde 580 puntos, y si el alumno está dentro del 10% de los mejores promedios de NEM de los egresados de la promoción 2015 de su establecimiento educacional: Financia la matrícula y el arancel anual total. Desde 600 puntos PSU: Matrícula y arancel anual de la carrera. Desde 700 puntos PSU: Matrícula, arancel anual de la carrera, y un aporte mensual de $80 mil a través de Junaeb. Desde 720 puntos PSU: Matrícula, arancel anual de la carrera, aporte mensual de $80 mil a través de Junaeb, y financiamiento de un semestre de estudios en el extranjero. Septiembre y Enero de cada año. Sujeto a extensiones propuestas por Mineduc. Puntaje PSU promedio (pruebas Lenguaje y Matemáticas) del año de la postulación o el anterior, con el que el estudiante haya sido seleccionado para ingresar a la carrera, igual o superior a 600 puntos; o desde 580 puntos si el alumno pertenece al 10% de mejores egresados de su establecimiento educacional. Esta última condición aplica sólo para estudiantes provenientes de colegios municipales, particulares subvencionados o de administración delegada; que ingresen a la Educación Superior al año siguiente de finalizar su Enseñana Media. Los resultados son entregados en www.becavocaciondeprofesor.cl Los plazos los establece Mineduc. Los estudiantes realizan su postulación en el mes de Septiembre y Enero. Los resultados, se entregan en: www.becavocaciondeprofesor.cl Financia la matrícula y la totalidad del arancel anual de la carrera. Además, otorga beneficios adicionales según el puntaje PSU obtenido. Desde 600 puntos PSU: Matrícula y arancel anual de la carrera. Desde 700 puntos PSU: Matrícula, arancel anual de la carrera, y un aporte mensual de $80 mil a través de Junaeb. Desde 720 puntos PSU: Matrícula, arancel anual de la carrera, aporte mensual de $80 mil a través de Junaeb, y financiamiento de un semestre de estudios en el extranjero. Decreto Modifica Decreto Nº 108, de 2015, que modifica Decreto Nº 97 de 2013,modificado por el Decreto Nº 167 de 2014 que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior. 108 07/09/2015 Ver Enlace www.becavocaciondeprofesor.cl
8 BECA VOCACION DE PROFESOR LICENCIATURAS Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Ver Enlace Financia la matrícula y la totalidad del arancel anual del último año de la licenciatura, más el ciclo pedagógico (que puede durar uno o dos años). Además, otorga beneficios adicionales según el puntaje PSU obtenido. Desde 600 puntos PSU: Matrícula y arancel anual. Desde 700 puntos PSU: Matrícula, arancel anual, y un aporte mensual de $80 mil a través de Junaeb. Septiembre y Enero de cada año. Sujeto a extensiones propuestas por Mineduc. Puntaje PSU promedio (pruebas de Lenguaje y Matemáticas) obtenido al ingresar a la licenciatura, igual o superior a 600 puntos. No mide situación socioeconómica. Los plazos los establece Mineduc. Los estudiantes realizan su postulación en el mes de Septiembre y Enero. Los resultados, se entregan en: www.becavocaciondeprofesor.cl Financia la matrícula y la totalidad del arancel anual del último año de la licenciatura, más el ciclo pedagógico (que puede durar uno o dos años). Además, otorga beneficios adicionales según el puntaje PSU obtenido. Desde 600 puntos PSU: Matrícula y arancel anual. Desde 700 puntos PSU: Matrícula, arancel anual, y un aporte mensual de $80 mil a través de Junaeb. Decreto Modifica Decreto Nº 108, de 2015, que modifica Decreto Nº 97 de 2013,modificado por el Decreto Nº 167 de 2014 que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior. 108 07/09/2015 Ver Enlace www.becavocaciondeprofesor.cl
9 BECA DE REPARACIÓN TITULARES VALECH Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Ver Enlace El beneficio cubrirá la matrícula y arancel real de carreras regulares, según la información entregada en la Oferta Académica 2015 por la institución de educación superior, al Servicio de Información de Educación Superior (SIES). Desde Noviembre a Marzo (año subsiguiente). Estar en la “Nómina de Personas reconocidas como Víctimas” del anexo “Listado de Prisioneros y Torturados” del informe presentado por la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura (mayor Información en http://www.indh.cl/informacion-comision-valech). Cumplir con los requisitos académicos que la Institución de Educación Superior establezca para el ingreso o continuidad de estudios, de conformidad con sus disposiciones internas y las normas generales. Contar con Licencia de Enseñanza Media. Mineduc selecciona a estudiantes que cumplen con el requisito en el mes de mayo y entrega resultados en: www.beneficiosestudiantiles.cl Garantizar la continuidad gratuita de los estudios de nivel superior para aquellas personas que, cumpliendo con los requisitos que establece la Ley N°19.992, así lo soliciten, ya sea en Universidades del Consejo de Rectores, Universidades Privadas, Institutos Profesionales o Centros de Formación Técnica, que cuenten con Reconocimiento Oficial del Ministerio de Educación.El beneficio cubrirá la Matricula y Arancel Real. Decreto Supremo Reglamenta Otorgamiento de Beneficios Educacionales Contemplados en la Ley N° 19.992. 32 27/08/2005 Ver Enlace Ver Enlace
10 BECA DE REPARACIÓN TRASPASO VALECH Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Ver Enlace El beneficio al cual acceden los estudiantes favorecidos con este traspaso es el mismo dispuesto para el sistema de becas de Educación Superior: Para los alumnos matriculados en Universidades del Consejo de Rectores, la cobertura del beneficio es el arancel de referencia más la matrícula respectiva, el cual puede consultar en: www.beneficiosestudiantiles.cl Para los alumnos que opten por matricularse en universidades privadas y las carreras profesionales dictadas por Institutos Profesionales, el financiamiento será hasta $1.150.000 (Un millón ciento cincuenta mil pesos). Para estudiantes que se matriculen en carreras técnicas dictadas por Institutos profesionales y Centros de Formación Técnica, el financiamiento será de hasta $600.000, según la información entregada en la Oferta Académica 2015 por la Institución de Educación Superior. Desde Noviembre a Marzo (año subsiguiente). La persona individualizada en la “Nómina de Personas reconocidas como Víctimas” del anexo “Listado de Prisioneros Políticos y Torturados” (nómina actualizada que incluye listado publicado en agosto 2011), que no haya hecho uso del beneficio educacional, puede traspasarlo a un descendiente hasta el segundo grado de consanguinidad en línea recta, es decir, a un hijo o un nieto. En caso de que a la entrada en vigencia de la Ley N° 20.405 el beneficiario directo (titular de la beca) haya fallecido sin haber hecho uso del beneficio que se refiere, todos los descendientes directos del difunto junto con su cónyuge sobreviviente, si lo hubiere, determinarán en conjunto el descendiente (hijo o nieto) al cual se le traspasa el beneficio. Considerando que la Ley N° 20.405 entró en vigencia a partir del 10 de diciembre de 2009, el traspaso del beneficio con titular fallecido, se podrá realizar sólo si la fecha de defunción del titular del beneficio, es anterior a la entrada en vigencia de la Ley (10 de diciembre de 2009). En este caso, y de manera excepcional, los descendientes del titular podrán determinar en conjunto, a través de declaración jurada ante notario, al descendiente (hijo o nieto) al cual se le traspasará el beneficio. 2) Beneficio: A este beneficio podrán postular estudiantes que cuenten con licencia de Enseñanza Media y que cursen primer año de Educación Superior, o alumnos que se encuentren en cursos superiores. Los postulantes deben estar matriculados en carreras conducentes a título profesional o técnico de nivel superior, en planes regulares de estudios, según lo informado por la Institución de Educación Superior en la Oferta Académica 2015 entregada al Servicio de Información de Educación Superior, SIES (mayor información en www.mifuturo.cl). Mineduc selecciona a estudiantes que cumplen con el requisito en el mes de mayo y entrega resultados en: www.beneficiosestudiantiles.cl Dirigida a los alumnos con descendencia directa o hasta segundo grado de consanguinidad de personas reconocidas como víctimas directamente afectadas por violaciones a los derechos humanos y que aparezcan en la nómina del informe Valech, y que no hayan hecho uso de este beneficio educacional. Esta beca cubre el arancel de referencia de la carrera. Decreto Supremo Reglamenta Otorgamiento de Beneficios Educacionales Contemplados en la Ley N° 19.992. 32 27/08/2005 Ver Enlace Ver Enlace
11 BECA DE REPARACIÓN RETTIG Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Ver Enlace El beneficio cubrirá la matrícula y arancel real de carreras regulares, impartidas por Universidades del Consejo de Rectores, según la información entregada en la Oferta Académica 2015 Desde Noviembre a Marzo (año subsiguiente). Normada por la Ley N° 19.123 y está destinada a los hijos de las personas declaradas víctimas de violaciones a los derechos humanos o de violencia política, de acuerdo a lo establecido por la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, hasta los 35 años de edad. Mineduc selecciona a alumnos que cumplen con el requisito en el mes de mayo. El beneficio cubrirá la matrícula y arancel real de carreras regulares, impartidas por Universidades del Consejo de Rectores, según la información entregada en la Oferta Académica 2015 por la institución de Educación Superior, al Servicio de Información de Educación Superior. LEY   Crea Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, establece pensión de reparación y otorga otros beneficios en favor de personas que señala. 19.123 31/01/1992 Ver Enlace Ver Enlace
12 BECA NUEVO MILENIO Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Ver Enlace Financia hasta $600.000 de Arancel Referencial Anual . Noviembre y Marzo de cada año Pertenecer al 70% de la población más vulnerable del país. egresados de Enseñanza Media, que se matriculen en primer año de una carrera técnica impartida por alguna Institución de Educación Superior (CFT, IP o universidad) o en una carrera profesional impartida por un Instituto Profesional. Las instituciones deben estar acreditadas al 31 de Diciembre del 2015 ante la Comisión Nacional de Acreditación.Pertenecer a los tres primeros quintiles de ingreso socioeconómico de la población del país. Matricularse en primer año 20 en alguna carrera regular Tècnica y tener promedio 5,0 en enseñanza media Los plazos los establece Mineduc. Los estudiantes realizan su postulación en el mes de Noviembre de cada año y Mineduc entrega resultados de pre-selección en el mes de Enero. Luego del proceso de Acreditación Socioeconòmica en el cual el estudiante respalda lo expuesto en FUAS, se entregan resultados de Asignación en el mes de Febrero. Así mismo permite la postulación y acreditación en el mes de marzo a estudiantes rezagados. Los resultados son publicados en: www.beneficiosestudiantiles.cl Financiar hasta $600.000 de Arancel Referencial Anual . Decreto Modifica Decreto Nº 108, de 2015, que modifica Decreto Nº 97 de 2013,modificado por el Decreto Nº 167 de 2014 que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior. 108 07/09/2015 Ver Enlace Ver Enlace
13 BECA ARTICULACIÓN Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Ver Enlace Financia hasta $750.000 de Arancel Referencial Anual . Noviembre y Marzo de cada año Se otorgarán 3.599 becas a estudiantes meritorios, egresados o titulados de carreras técnicas de nivel superior dentro de los cuatros años precedentes al año 2016, y que habiendo obtenido un promedio de notas de Enseñanza Media igual o superior a 5,0, deseen continuar sus estudios en carreras conducentes a títulos profesionales, en Instituciones de Educación Superior que se encuentren acreditadas al 31 de diciembre de 2015 ante la Comisión Nacional de Acreditación, de conformidad a la Ley N° 20.129.Ser chileno(a). Pertenecer al primer, segundo o tercer quintil de ingreso socioeconómico de la población del país. Haber egresado o estar titulado de carreras técnicas de nivel superior. Tener un promedio de notas de Enseñanza Media igual o superior a 5,0. Matricularse el año 2016 en una Institución de Educación Superior acreditada al 31 de Diciembre de 2015 ante la Comisión Nacional de Acreditación, para continuar sus estudios en carreras regulares conducentes a títulos profesionales. Realizar una acreditación socioeconómica en la institución de matrícula, presentando los documentos descritos en la sección Matrícula y Acreditación del sitio www.beneficiosestudiantiles.cl Al momento de realizar la acreditación socioeconómica, los postulantes deberán presentar además su certificado de egreso y/o titulación de la carrera técnica cursada. Este beneficio no podrá hacerse efectivo en programas o carreras a distancia o semi presenciales, programas especiales de titulación, programas de postgrados o postítulos y cualquier otro programa o carrera que haya sido definido por la institución como plan especial de estudios en la oferta académica vigente. Los plazos los establece Mineduc. Los estudiantes realizan su postulación en el mes de Noviembre de cada año y Mineduc entrega resultados de pre-selección en el mes de Enero. Luego del proceso de Acreditación Socioeconòmica en el cual el estudiante respalda lo expuesto en FUAS, se entregan resultados de Asignación en el mes de Febrero. La extension de postulación puede fijarla Mineduc. Los resultados e información son publicados en: www.beneficiosestudiantiles.cl Financiar hasta $750.000 de Arancel Referencial Anual . Decreto Modifica Decreto Nº 108, de 2015, que modifica Decreto Nº 97 de 2013,modificado por el Decreto Nº 167 de 2014 que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior. 108 07/09/2015 Ver Enlace Ver Enlace
14 BECA EXCELENCIA TÉCNICA Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Ver Enlace Entre 700.000 y hasta 900.000 Arancel Referencial Anual. Noviembre y Marzo de cada año Ser chileno(a). No contar con un título profesional o técnico de nivel superior. Haber llenado y enviado adecuadamente el formulario de postulación (FUAS) en las fechas correspondientes. Pertenecer al 70% de las familias más vulnerables del país. Ser egresado de Enseñanza Media a partir del año 2012 Tener un promedio de Enseñanza Media igual o superior a 5,0 para matricularse en carreras técnicas en instituciones de Educación Superior (CFT, IP o Universidades). Para la selección de estos estudiantes, se considerará tanto el ranking de Notas de Enseñanza Media por establecimiento como el puntaje por Notas de Enseñanza Media (NEM) del estudiante, ordenados éstos por estricto orden de precedencia. Matricularse en primer año de una carrera técnica regular impartida por alguna Institución de Educación Superior (CFT, IP o Universidad) , o en una carrera profesional regular impartida por u Instituto Profesional. Las instituciones deben estar acreditadas al 31 de Diciembre 2015 ante la Comisión Nacional de Acreditación. Realizar una acreditación socioeconómica en la institución de matrícula, presentando los documentos descritos en la sección Matrícula y Acreditación del sitio www.beneficiosestudiantiles.cl Los plazos los establece Mineduc. Los estudiantes realizan su postulación en el mes de Noviembre de cada año y Mineduc entrega resultados de pre-selección en el mes de Enero. Luego del proceso de Acreditación Socioeconòmica en el cual el estudiante respalda lo expuesto en FUAS, se entregan resultados de Asignación en el mes de Febrero. Así mismo permite la postulación y acreditación en el mes de marzo a estudiantes rezagados. Los resultados son publicados en: www.beneficiosestudiantiles.cl Busca premiar a los mejores 4.000 estudiantes egresados de Enseñanza Media durante los cuatro años previos a su matrícula en la Educación Superior, y que opten por una carrera técnica o por una profesional impartida por un Instituto Profesional. Para esto,se les financiará un monto mayor a los $600.000 que considera la Beca Nuevo Milenio, con el objetivo que este beneficio de excelencia cubra un monto muy cercano al arancel real de su carrera. Beneficios: Primer tercio: Para los mejores 1.334 estudiantes, el beneficio será hasta $900.000 del arancel de referencia de la carrera. Segundo tercio: Para los 1.333 estudiantes siguientes, el beneficio será hasta $750.000 del arancel de referencia de la carrera. Tercer tercio: Para los últimos 1.333 estudiantes, el beneficio será hasta $700.000 del arancel de referencia de la carrera. Decreto Modifica Decreto Nº 108, de 2015, que modifica Decreto Nº 97 de 2013,modificado por el Decreto Nº 167 de 2014 que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior. 108 07/09/2015 Ver Enlace Ver Enlace
15 BECA DE REUBICACIÓN ALUMNOS U DEL MAR Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Ver Enlace Financia Arancel Referencial Anual . Completa el formulario disponible en este sitio, durante el periodo de inscripción informado en esta página. Presenta o envía a las oficinas del Mineduc un certificado emitido por la Universidad del Mar que acredite que tu matrícula se encontraba vigente al 31/12/2012. El plazo para entregar este documento finaliza el 28 de marzo de 2016. Si vives en Santiago, la dirección para entregar tus antecedentes es Fray Camilo Henríquez 262, 4° piso. Si vives en regiones, puedes presentar tu documentación en las Oficinas de Partes de las Direcciones Provinciales. Matricúlate en una institución de Educación Superior acreditada al 31 de diciembre de 2015. Revisa tus resultados finales en este sitio, en las fechas informadas en esta página. Dirigida a estudiantes que hayan estado matriculados en la Universidad del Mar al 31 de mayo de 2012, y que en 2016 se inscriban en instituciones de Educación Superior acreditadas al 30 de Diciembre de 2015. Completa r el formulario disponible en el sitio wwww.beneficiosestudiantiles.cl durante el periodo de inscripción informado en esta página. Presentar o enviar a a las oficinas del Mineduc un certificado emitido por la Universidad del Mar que acredite que matrícula vigente al 31/12/2012. El plazo para entregar este documento finaliza el 28 de marzo de 2016. Financiar Arancel Referencial Anual . Decreto Modifica Decreto Nº 108, de 2015, que modifica Decreto Nº 97 de 2013,modificado por el Decreto Nº 167 de 2014 que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior. 108 07/09/2015 Ver Enlace Ver Enlace
16 BECA DISCAPACIDAD Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Ver Enlace El beneficio depende del tipo de institución y carrera en la que se matricule el alumno. Universidades Consejo de Rectores (Cruch): Se entregan 150 cupos de la Beca Bicentenario, que financia el arancel de referencia anual de la carrera. Instituciones de educación superior acreditadas: Se entregan 150 cupos de la Beca Juan Gómez Millas, que financia hasta $1.150.000 del arancel de referencia anual de la carrera. Carreras técnicas o carreras profesionales de IP, en instituciones acreditadas: Se entregan 150 cupos de la Beca Nuevo Milenio, que financia hasta $600.000 del arancel de referencia anual de la carrera. Noviembre y Marzo de cada año financia 450 becas para personas en situación de discapacidad, egresadas de Enseñanza Media, pertenecientes al 70% de la población con menores ingresos del país, y que se matriculen como alumnos de primer año 2016 en alguna institución de Educación Superior acreditada al 31 de diciembre de 2015 ante la Comisión Nacional de Acreditación. Beneficios: El monto de la ayuda dependerá del tipo de institución y carrera en la que se matricule el alumno: Para universidades pertenecientes al Consejo de Rectores: Financia el arancel de referencia anual de la carrera, a través de 150 cupos de la Beca Bicentenario. Para instituciones privadas (universidades, CFT e IP): Financia el arancel de referencia de la carrera por un monto máximo de $1.150.000, a través de 150 cupos de la Beca Juan Gómez Millas. Para carreras técnicas o carreras profesionales de IP, en instituciones acreditadas: Financia el arancel de referencia de la carrera por un monto máximo de $600.000, a través de 150 cupos de la Beca Nuevo Milenio. Los plazos los establece Mineduc. Los estudiantes realizan su postulación en el mes de Noviembre de cada año y Mineduc entrega resultados de pre-selección en el mes de Enero. Luego del proceso de Acreditación Socioeconòmica en el cual el estudiante respalda lo expuesto en FUAS, se entregan resultados de Asignación en el mes de Febrero. Así mismo permite la postulación y acreditación en el mes de marzo a estudiantes rezagados. Los resultados son publicados en: www.beneficiosestudiantiles.cl El monto de la ayuda dependerá del tipo de institución y carrera en la que se matricule el alumno: Para universidades pertenecientes al Consejo de Rectores: Financia el arancel de referencia anual de la carrera, a través de 150 cupos de la Beca Bicentenario. Para instituciones privadas (universidades, CFT e IP): Financia el arancel de referencia de la carrera por un monto máximo de $1.150.000, a través de 150 cupos de la Beca Juan Gómez Millas. Para carreras técnicas o carreras profesionales de IP, en instituciones acreditadas: Financia el arancel de referencia de la carrera por un monto máximo de $600.000, a través de 150 cupos de la Beca Nuevo Milenio. Decreto Modifica Decreto Nº 108, de 2015, que modifica Decreto Nº 97 de 2013,modificado por el Decreto Nº 167 de 2014 que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior. 108 07/09/2015 Ver Enlace Ver Enlace
17 FONDO SOLIDARIO DE CREDITO UNIVERSITARIO Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Ver Enlace Financia parte o la totalidad del arancel de referencia anual de la carrera, a través de un préstamo en UTM. Noviembre y Marzo de cada año Ser chileno(a). No contar con un título profesional o técnico de nivel superior. Haber llenado y enviado adecuadamente el formulario de postulación (FUAS) en las fechas correspondientes. Pertenecer al 80% de la población más vulnerable del país. del país. Obtener al menos 475 puntos promedio PSU (pruebas de Lenguaje y Comunicación y Matemática) en alguno de los dos últimos procesos de admisión, como puntaje con el cual el estudiante fue seleccionado para ingresar a la carrera. Matricularse en primer año de alguna carrera regular de pregrado, con ingreso vía PSU, impartida por alguna universidad perteneciente al Consejo de Rectores (universidades tradicionales), según el artículo 1° del D.F.L. (Ed.) N°4 de 1981. La institución debe estar acreditada al 31 de Diciembre de 2015 ante la Comisión Nacional de Acreditación. En caso de matricularse en Medicina o Pedagogía, para hacer efectivo el crédito, la carrera debe estar acreditada. Realizar una acreditación socioeconómica en la institución de matrícula, presentando los documentos descritos en la sección Matrícula y Acreditación del sitio www.beneficiosestudiantiles.cl Los plazos los establece Mineduc. Los estudiantes realizan su postulación en el mes de Noviembre de cada año y Mineduc entrega resultados de pre-selección en el mes de Enero. Luego del proceso de Acreditación Socioeconòmica en el cual el estudiante respalda lo expuesto en FUAS, se entregan resultados de Asignación en el mes de Febrero. Así mismo permite la postulación y acreditación en el mes de marzo a estudiantes rezagados. Los resultados son publicados en: www.beneficiosestudiantiles.cl Financiar parte o la totalidad del Arancel de Referencia Anual Ley Aprueba reglamento de los artículos 2° y 4° de la Ley 19.287 que establece normas sobre Fondo Solidario de Crédito Universitario y sus Modificaciones. 19.287 24/01/1994 Ver Enlace Ver Enlace
18 CREDITO CON AVAL DEL ESTADO Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Ver Enlace Financia desde $200.000 hasta el total del arancel de referencia anual de la carrera, a través de un préstamo en UF otorgado por una institución financiera. Noviembre y Marzo de cada año Para quiénes: Estudiantes egresados de Enseñanza Media, que requieran apoyo para financiar sus estudios superiores. Para estudiar en: Instituciones de Educación Superior acreditadas inscritas ante Comisión Ingresa. Requisito socioeconómico: Pertenecer al 80% de la población más vulnerable del país (puede ampliarse al 90% o 100% según presupuesto disponible). Requisito académico: - Postulantes a universidades: Puntaje PSU promedio (pruebas Lenguaje y Matemáticas) igual o superior a 475 puntos. - Postulantes a CFT o IP: Promedio de notas de Enseñanza Media igual o superior a 5,27. La postulación se realiza en la página web www.ingresa.cl o www.beneficiosestudiantiles.cl. los meses de noviembre y marzo cada año. Ingresa publica en su página web y en la plataforma los resultados de pre-selección en el mes de enero. Cuando el alumno concreta su matrícula en alguna Institución de Educación Superior, ésta debe informarlo a la Comisión Ingresa en los plazos que ella establezca para que entregue posteriormente nómina validada de asignación del Crédito Aval del Estado. Para adjudicarse el beneficio, el alumno debe firmar pagaré en el Banco licitado en los plazos que este establezca. Se otorga a los estudiantes de las Universidades del Consejo de Rectores y Privadas. Institutos Profesionales y Centros de Formación Técnica, para financiar parte o el total del  arancel de referencia anual de la carrera. Decreto DÉJASE SIN EFECTO PUBLICACIÓN DE DECRETO Nº266, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EFECTUADA EN LA EDICIÓN DEL DIARIO OFICIAL Nº39.963 DE FECHA 18 DE MAYO DE 2011, PUBLICADO EN EL CUERPO I, PÁGINA 1 Y SIGUIENTES, REEMPLAZÁNDOSE POR LA QUE A CONTINUACIÓN SE INDIA 266 24/05/2011 Ver Enlace Ver Enlace
19 BECA RESIDENCIA Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles rtículo 3: Los beneficios que asigna la Secretaría de Bienestar FEDEUNAP son principalmente de apoyo económico, previa postulación y selección de beneficiados, los cuales pueden renovar los beneficios semestre a semestre y de acuerdo a los requisitos de este reglamento. Artículo 4: El estudiante debe presentar el FIA (Formulario de Inscripción Académica) ya sea para postular y/o renovar los beneficios de Bienestar FEDEUNAP o cualquier otro medio material, con previa autorización del Secretario de Bienestar FEDEUNAP1 (el Presidente de dicha organización podrá impugnar en cualquier momento la postulación si se encontrara alguna anomalía). Artículo 5: El estudiante debe aprobar el 70% de los ramos del último semestre, ya sea para postular o renovar beneficios de Bienestar FEDEUNAP. Y no serán parte de este porcentaje los ramos convalidados, ya que no son carga académica del último semestre cursado. Finalmente, si la mesa directiva estima conveniente rebajar el porcentaje de ramos aprobados de acuerdo al contexto o situaciones especiales podrá hacerlo. Artículo 6: Los cupos de los beneficios se informarán dos semanas antes de comenzar la postulación, por medio de todas las plataformas comunicacionales de FEDEUNAP, y será deber del Presidente en conjunto con el Secretario de Bienestar de FEDEUNAP, crear un documento oficial subscrito por ellos informando de los beneficios de manera detallada. Artículo 7: El beneficiado debe asistir a las asambleas de beneficiados para poder informarse respecto del beneficio asignado. Además, debe asistir de manera obligatoria a aquellas asambleas que sean de carácter resolutiva y a las asambleas informativas puede justificarse previamente en Bienestar FEDEUNAP si no pudiera asistir por motivos de: prácticas profesionales, trabajo, pruebas o fuerza mayor. El Secretario de Bienestar FEDEUNAP: El Secretario de Bienestar FEDEUNAP es elegido democráticamente por medio de las elecciones a FEDEUNAP, por ende, es parte de la mesa directiva de dicha organización, no pudiendo ser reemplazado por otro estudiante a menos que éste sea parte de la mesa directiva elegida en elecciones según la orgánica interna de Bienestar FEDEUNAP. Artículo 8: Si el beneficiado no cumpliera con el reglamento será sancionado con la no entrega del beneficio por lo que resta de semestre. Artículo 9: El estudiante beneficiado queda sujeto a la realización de visita domiciliaria como medio de fiscalización del adecuado de los beneficios. Artículo 10: Si el beneficiado realiza retiro temporal de la carrera o interrumpe sus estudios, su beneficio será suspendido. Artículo 11: El estudiante no puede falsear información o falsear un informe social para postular a los beneficios. $600.000 anual por alumno. Noviembre y Marzo de cada año El Beneficio Residencia consiste en un apoyo económico para subsidiar la necesidad de habitación en la ciudad de Iquique o la comuna de Alto Hospicio. El apoyo económico asciende a $60.000.- pesos Mensuales (a la fecha) y su duración es de un semestre.El estudiante debe presentar el FIA (Formulario de Inscripción Académica) ya sea para postular y/o renovar los beneficios de Bienestar FEDEUNAP o cualquier otro medio material, con previa autorización del Secretario de Bienestar FEDEUNAP1 (el Presidente de dicha organización podrá impugnar en cualquier momento la postulación si se encontrara alguna anomalía). El estudiante debe aprobar el 70% de los ramos del último semestre, ya sea para postular o renovar beneficios de Bienestar FEDEUNAP. Y no serán parte de este porcentaje los ramos convalidados, ya que no son carga académica del último semestre cursado. Noviembre y Marzo de cada año Aportar recursos económicos a estudiantes de escazos recursos para colaborar en su optimo desarrollo estudiantil. Reglamento Reglamento del Beneficiado. Secretaría de Bienestar FEDEUNAP " Construcción Colectiva". año 2014 Ver Enlace
20 BECA APOYO A PADRES Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles El beneficio Apoyo a Padres consiste en un apoyo económico de $23.000.- pesos mensuales (a la fecha) el cual puede ser utilizado en: medicamentos, pediatra, pañales, entre otros. Para el hijo(a) del estudiante, el cual debe tener de 0 a 10 años. La duración del beneficio es de un semestre. $ 230.000 anual por alumno. Noviembre y Marzo de cada año Este beneficio está destinado al estudiante que sea padre o madre y su hijo debe estar nacido no en gestación. b. El apoyo económico es para el estudiante, quien debe destinarlo a un hijo(a). c. No se puede utilizar el aporte económico en otros menesteres que no sea el destinado al hijo(a). d. El beneficio no puede ser entregado a estudiante-madre o estudiante-padre de un mismo hijo(a) sólo uno de los dos estudiantes podrá ser beneficiario. e. El estudiante debe tener el cuidado personal del hijo(a) (tuición o patria potestad). f. El beneficiado debe rendir con boletas el gasto del aporte económico cada mes del semestre en la Secretaría de Bienestar FEDEUNAP Noviembre y Marzo de cada año Aportar recursos económicos a estudiantes de escazos recursos para colaborar en su optimo desarrollo estudiantil. Reglamento Reglamento del Beneficiado. Secretaría de Bienestar FEDEUNAP " Construcción Colectiva". año 2014 Ver Enlace
21 BECA ALMUERZO FEDERACION Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles El beneficio almuerzo debe ser utilizado por el beneficiado titular (de preferencia).El beneficiado debe estar matriculado. b. El estudiante debe cancelar el beneficio la segunda semana de cada mes. c. Si el estudiante no utiliza el beneficio en dos semanas sin avisar previamente su ausencia, se retirará el beneficio y se le otorgará a otro estudiante que lo necesite. d. El beneficiado puede participar de la Comisión Casino de forma voluntaria. e. El estudiante beneficiado tiene derecho a: proponer mejoras, poner sus observaciones en el libro de Reclamos y Sugerencias, o verbalmente con las profesionales de la UNAP (Nutricionista y/o Trabajador(a) Social) en el mesón del retiro del almuerzo. Presupuesto año 2016 Noviembre y Marzo de cada año El beneficio almuerzo debe ser utilizado por el beneficiado titular (de preferencia). b. El estudiante debe cancelar el beneficio la segunda semana de cada mes. c. Si el estudiante no utiliza el beneficio en dos semanas sin avisar previamente su ausencia, se retirará el beneficio y se le otorgará a otro estudiante que lo necesite. d. El beneficiado puede participar de la Comisión Casino de forma voluntaria. e. El estudiante beneficiado tiene derecho a: proponer mejoras, poner sus observaciones en el libro de Reclamos y Sugerencias, o verbalmente con las profesionales de la UNAP (Nutricionista y/o Trabajador(a) Social) en el mesón del retiro del almuerzo. Noviembre y Marzo de cada año Este beneficio consiste en la entrega de almuerzo de lunes a sábado en el Casino de Alimentos de la UNAP, y tiene un valor de $4.000 pesos ensuales, los cuales deben ser cancelados en Bienestar FEDEUNAP. Este beneficio está rebajado en un 50% del precio original ($8.000.- pesos). Dura un semestre. Reglamento Reglamento del Beneficiado. Secretaría de Bienestar FEDEUNAP " Construcción Colectiva". año 2014 Ver Enlace
22 BECA CENA Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles El beneficiado debe estar matriculado. b. El beneficiado debe asistir a la Cena dentro del horario establecido por la Universidad Arturo Prat. c. El estudiante beneficiado tiene derecho a: proponer mejoras, poner sus observaciones en el libro de Reclamos y Sugerencias, o verbalmente con las profesionales de la UNAP (Nutricionista y/o Trabajador(a) Social) en el mesón del retiro del almuerzo o con la persona encargada de la asistencia a la CENA de la UNAP. Presupuesto año 2016 Noviembre y Marzo de cada año El beneficiado debe estar matriculado. b. El beneficiado debe asistir a la Cena dentro del horario establecido por la Universidad Arturo Prat. c. El estudiante beneficiado tiene derecho a: proponer mejoras, poner sus observaciones en el libro de Reclamos y Sugerencias, o verbalmente con las profesionales de la UNAP (Nutricionista y/o Trabajador(a) Social) en el mesón del retiro del almuerzo o con la persona encargada de la asistencia a la CENA de la UNAP. Noviembre y Marzo de cada año Cena Semanal: Que consiste en la entrega de 80 cupos. Esta lista de estudiantes es elaborada los días lunes y la inscripción se realizaba durante todo el día. Reglamento Reglamento del Beneficiado. Secretaría de Bienestar FEDEUNAP " Construcción Colectiva". año 2014 Ver Enlace
23 BECA GIMNASIO VITAL Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles El beneficiado debe asistir a las sesiones del gimnasio coordinado con el horario establecido por ellos. b. El beneficiado debe asistir a lo menos 3 veces por semana al Gimnasio Vital UNAP. c. El beneficiado debe asistir regularmente a los controles con la nutricionista o médico del Centro de Salud UNAP. d. Si el beneficiado no cumpliera con el reglamento será sancionado con la no entrega del beneficio por el resto del mes Presupuesto año 2016 Noviembre y Marzo de cada año Este beneficio está dirigido principalmente a estudiantes con problemas de: Sobrepeso, tratamiento de salud físico o psíquico y en segunda instancia a aquellos que la necesitan por motivos de vida sana. El postulante debe presentar Certificado otorgado por: Nutricionista o Médico, el cual informará la situación del postulante o renovante y su necesidad del gimnasio (idealmente por el Centro de Salud de la UNAP). Este beneficio dura un semestre. Noviembre y Marzo de cada año Este beneficio está dirigido principalmente a estudiantes con problemas de: Sobrepeso, tratamiento de salud físico o psíquico y en segunda instancia a aquellos que la necesitan por motivos de vida sana. El postulante debe presentar Certificado otorgado por: Nutricionista o Médico, el cual informará la situación del postulante o renovante y su necesidad del gimnasio (idealmente por el Centro de Salud de la UNAP). Este beneficio dura un semestre. Reglamento Reglamento del Beneficiado. Secretaría de Bienestar FEDEUNAP " Construcción Colectiva". año 2014 Ver Enlace
24 BECA RECTORIA Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles La Beca Rectoría se podrá otorgar a los alumnos nuevos que ingresan por primera vez a la universidad o a los alumnos antiguos, conforme a las siguientes reglas: Para el caso de los alumnos nuevos deben acreditar situacion socioeconimica que amerite su asignación. Para el caso de los alumnos antiguos deberán tener aprobado el 70% de las asignaturas inscritas en el semestre o año académico anterior y acreditar situacion socioeconimica que amerite su asignación. Otorga cobertura de aranacel semestral, anual o básico Marzo cada año La Beca Rectoría se podrá otorgar a los alumnos nuevos que ingresan por primera vez a la universidad o a los alumnos antiguos, conforme a las siguientes reglas: Para el caso de los alumnos nuevos debesn acreditar situacion socioeconimica que amerite su asignación. Para el caso de los alumnos antiguos deberán tener aprobado el 70% de las asignaturas inscritas en el semestre o año académico anterior.Esta beca es incompatible con cualquier otra beca que a cualquier título reciba el alumno por parte de la Universidad e Instituciones externas. Sin perjuicio de lo anterior, el Rector podrá, excepcionalmente, disponer el otorgamiento de Becas, respecto de aquellos postulantes que no cumplen con los requisitos señalados precedentemente, pero que se destacan en alguna área de interés para la institución o si situación socioeconómica lo amerite, lo que deberá ser certificado por el Director General de Asuntos Estudiantiles. La Beca, de igual forma, podrá otorgarse a estudiantes que cursen carreras Técnico Nivel Superior. En el mes de marzo se debe postular y entregar documentación de respaldo. Se analiza la documentación socioeconomica. En algunos casos se realizan visitas domiciliarias. Luego se publica nómina de Otorgar cobertura en arancel semestral ,anual o básico a estudiantes de escazos recusros o caso de estudiante que se destacan en alguna área de interés para la institución Decreto Reglamento de Becas Universidad Arturo Prat 1312 15/07/2014 Ver Enlace
25 BECA FUNCIONARIO Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles • Que el funcionario de planta o a contrata tenga una antigüedad mínima de tres (3) años en la Universidad. • Que la actividad académica sea en un área en que la participación del funcionario redunde en una mejor preparación para la labor que desempeña. Exceptúese de este requisito al personal de servicio que postule a la beca. • Que la postulación sea avalada y fundamentada por el Jefe de Unidad directo y el Directivo Superior o Decano de la facultad del cual dependa la unidad en que se desempeña el funcionario. Arancel anual carrera. Marzo de cada año • Que el funcionario de planta o a contrata tenga una antigüedad mínima de tres (3) años en la Universidad. • Que la actividad académica sea en un área en que la participación del funcionario redunde en una mejor preparación para la labor que desempeña. Exceptúese de este requisito al personal de servicio que postule a la beca. • Que la postulación sea avalada y fundamentada por el Jefe de Unidad directo y el Directivo Superior o Decano de la facultad del cual dependa la unidad en que se desempeña el funcionario. Mes de marzo año en curso Consiste en la exención total o parcial del pago de Arancel Carrera por el período de duración de la misma para los hijos y/o cónyuges de funcionarios académicos y administrativos que tengan una antigüedad mínima de tres años en la Universidad. Esta beca se materializará de la siguiente manera: Decreto Reglamento de Becas Universidad Arturo Prat 1312 15/07/2014 Ver Enlace
26 BECA DEPORTIVA Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Serán beneficiarios de esta Beca los alumnos que hayan acreditado su condición de deportistas de excelencia, mediante certificados de examen físico y técnicos de la especialidad y que desarrolle alguna actividad deportiva de alto rendimiento y/o deportistas destacados a nivel comunal, regional o nacional. Exención total o parcial del arancel anual o semestral del programa o carrera que curse el estudiante. Marzo de cada año Acreditadar su condición de deportistas de excelencia, mediante certificados de examen físico y técnicos de la especialidad y que desarrolle alguna actividad deportiva de alto rendimiento y/o deportistas destacados a nivel comunal, regional o nacional. La selección de los beneficiados, deberá ser realizada por la Coordinación de Deportes, quien remitirá la nómina y antecedentes al Director General de Asuntos Estudiantiles, para su evaluación definitiva y resolución correspondiente. Mes de marzo año en curso Exención total o parcial del arancel anual o semestral del programa o carrera que curse el estudiante. Decreto Reglamento de Becas Universidad Arturo Prat 1312 15/07/2014 Ver Enlace
27 BECA ALIMENTICIA UNAP Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles • Ser actualmente alumno regular de alguna de las carreras de pre-grado PSU impartidas por la universidad. • Que su domicilio de procedencia esté fuera de la ciudad de Iquique. • Tener situación socioeconómica deficiente. • Presentar documentación de respaldo requerida por la Unidad de Bienestar Estudiantil. • Pertenecer a los tres primeros quintiles socioeconómicos. Presupuesto año en cusro Marzo de cada año El estudiante deberá postular y presentar documentos que avalen su situación socioeconómica y de residencia. Esta documentación será evaluada por un profesional que materializará la entrega una vez que el estudiante esté matriculado en una carrera ingreso PSU. Mes de marzo año en curso Este beneficio, se entregará de lunes a sábado en el Casino Institucional . El objetivo es brindar almuerzo de alimentación. Decreto Reglamento de Becas Universidad Arturo Prat 1312 15/07/2014 Ver Enlace
28 BECA HOGAR ESTUDIANTIL UNAP Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles • Ser actualmente alumno regular de alguna de las carreras de pre-grado PSU y/o Técnicas impartidas por la universidad. • Que su domicilio de procedencia esté fuera de la ciudad de Iquique. • Tener situación socioeconómica deficiente. • Presentar documentación de respaldo requerida por la Unidad de Bienestar Estudiantil. • Pertenecer a los tres primeros quintiles socioeconómicos. Presupuesto año en cusro Marzo de cada año El estudiante deberá postular y presentar documentos que avalen su situación socioeconómica y de residencia. Esta documentación será evaluada por un profesional que materializará la entrega una vez que el estudiante esté matriculado en una carrera ingreso PSU. Mes de marzo año en curso Este beneficio, busca entrgar alojamineto a estudiantes de escazos recursos Decreto Reglamento de Becas Universidad Arturo Prat 1312 15/07/2014 Ver Enlace
29 BECA DEPARTAMENTO Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Para acceder a esta Beca, el alumno debe postular al beneficio a través del Departamento de Formación Técnica,DFT y acreditar su situación socieconómica. Exención total o parcial del arancel de carrera. Marzo de cada año La Beca Departamentos es asignada por el Departamento de Formación Técnica (DFT) y canalizada a través de la Dirección de Asuntos Estudiantiles. El monto asignado a cada beneficiario es determinado a partir de un análisis de la situación socioeconómica del alumno y la acreditación de su excelencia académica. Mes de marzo año en curso Beca otorgada por la Universidad destinada a alumnos, que cursen Carreras Técnicas. Decreto Reglamento de Becas Universidad Arturo Prat 1312 15/07/2014 Ver Enlace
30 BECA MERITO PSU Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Se entenderá por beca Mérito Académico PSU, la asignada en función del promedio PSU de la que obtuvo el estudiante, cubriendo total o parcialmente el arancel anual de la carrera. El beneficio otorgado se basará con una tabla porcentual Dependera del puntaje PSU obtenido. Enero de cada año El criterio es en función del promedio PSU de la que obtuvo el estudiante, cubriendo total o parcialmente el arancel anual de la carrera. El beneficio otorgado se basará con una tabla porcentual, Enero de cada año Otorgar porcentaje de cobertura arancel anual según puntaje PSU. Decreto Reglamento de Becas Universidad Arturo Prat 1312 15/07/2014 Ver Enlace
31 BECA MATRICULA PRIMERA PREFERENCIA Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Se entenderá por Beca Primeras Preferencias, el beneficio que cubre el 50% (cincuenta por ciento) del arancel básico (matrícula) a aquel estudiante seleccionado en las carreras de Pregrados PSU que hayan postulado en primera preferencia, del primer año de carrera en la Universidad Arturo Prat. Si en la primera preferencia queda en lista de espera y se matricula en segunda preferencia, también obtendrá el beneficio. Exención parcial del arancel básico Enero de cada año Mes de marzo año en curso Decreto Reglamento de Becas Universidad Arturo Prat 1312 15/07/2014 Ver Enlace
32 BECA INDIGENA Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Ser de origen indígena. La certificación de esta calidad será otorgada por CONADI Ser de origen indígena. La certificación de esta calidad será otorgada por CONADI Artículo 8 Decreto N° 126 de 2005 Ministerio de Educación. Tener como mínimo una nota promedio de nota 5.0 en el último curso de educación media o 4.5 en educación superior.. Tramo del Registro Social de Hogares hasta el 60% . Acredictar calidad de alumno regular. Cursar estudios en Centros de Formación Técnica, Institutos Profesionales o Universidades reconocidas por el Ministerio de Educación. y en Centros Formadores de Personal de las F.F.A.A. y Seguridad. Proseguir carreras que tengan a lo menos dos años de duración, reconocidas por el Ministerio de Educación. $638.000 anual (10 cuotas de $ 63..800) Diciembre a Marzo de cada año Ser de origen indígena. Tener la calidad de alumno regular. Promedio de Notas 4,5 Nivel Superior. Promedio de Notas 5,0 Nivel Primer año. Situación económica deficiente (ingreso per cápita). Participación sociocultural. Asignación a cargo de la JUNAEB, entrega de resultados en junio de cada año. Nómina de selccionados es publicada www.junaeb.cl Aporte economico que se entrega a los estudiantes de ascendencia indígena con un pago anual de $ 638.000 que se realiza en 10 cuotas. Decreto Sustituye Decreto Nº 139 de 1998 que introduce modificaciones al Decreto Nº 52 de 1995 que reglamenta Becas Indigenas y fija su texto refundido 126 13/06/2005 Ver Enlace Ver Enlace
33 BECA PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Esta beca permite homologar el beneficio desde enseñanza media a Educación Superior, es continuidad del beneficio para alumnos que ingresan a Primer año de la Educación Superior. Se debe presentar: Certificado de alumno regular*Certificado de notas*Informe social debidamente firmado y timbrado por asistente social que consigne y certifique los ingresos socioeconómicos del grupo familiar, o*Formulario de renovación SINAB impreso, con respaldo de 3 últimas liquidaciones de sueldo/boletas de honorario y/o declaración de gastos mensual firmada y timbrada por el profesional asistente social. 1,24 UTM Mensual No existe postulación en la Enseñanza Superior, sólo continuidad del beneficio como estudiantes renovantes que ingresan a Primer año de la Educación Superior Acreditar en cada semestre la continuidad de alumno regular, rendimiento académico igual o superior a 6,0 priemer año y 5.0 segundo año. Mantener la situación socioeconómica que dio origen al beneficio. Resultados de renovación a cargo de la JUNAEB. El alumno se entera que fue renovada su beca cuando recibe el pago del beneficio a través de su cuenta RUT o pago masivo. Beca de mérito académico que otorga apoyo financiero a estudiantes de escasos recursos económicos y de buen rendimiento académico. Subsidio Mensual en dinero de 1,24 U.T.M. Decreto Reglamenta el programa de becas Presidente de la Republica, para el año 2011. 105 08/02/2011 Ver Enlace Ver Enlace
34 BECA RESIDENCIA INDIGENA Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Ser de origen indígena, la certificación de esta calidad será otorgada por CONADI Artículo 8 Decreto N° 126 de 2005 Ministerio de Educación. Provenir de comuna diferente a la comuna donde se ubica la sede de estudio de la Institución de Educación Superior. Tener como mínimo una nota anual promedio de 4.5 en educación superior y nota 5.0 egresado de educación media. Tramo del Registro Social de Hogares hasta el 60% Cursar estudios en Centros de Formación Técnica, Institutos Profesionales o Universidades reconocidas por el Ministerio de Educación o en Centros Formadores de Personal de las F.F.A.A. y Seguridad. Proseguir carreras que tengan a lo menos dos años de duración, reconocidas por el Ministerio de Educación. Hasta $967.000 anual Marzo de cada año Ascendencia indígena y residencia familiar en regiones determinadas que provienen de las regiones de Tarapacá, Antofagasta, Bio Bio, Araucanía, Los Lagos, Los Ríos, Arica y Parinacota. En el caso de estudiantes provenientes de la región de Magallanes y Antártida Chilena.ener como mínimo una nota anual promedio de 4.5 en educación superior y nota 5.0 egresado de educación media. Acreditar documentalmente una situación socioeconómica deficiente. Asignación a cargo de la JUNAEB, entrega de resultados en junio de cada año. Nómina de selccionados es publicada en la Oficina de Asistencia Social Estudiantil. Subsidio de $ 96.700 mensuales a los alumnos con ascendencia indígena, que cursan estudios fuera de su comuna de origen (zonas rurales) que les permita cancelar una pieza o pensión en la ciudad del lugar de estudio. Decreto   Sustituye Decreto Nº 139 de 1998 que introduce modificaciones al Decreto Nº 52 de 1995 que reglamenta Becas Indigenas y fija su texto refundido 126 13/06/2005 Ver Enlace Ver Enlace
35 BENEFICIO JUNAEB: BONO DE MANTENCION PARA LA EDUCACION SUPERIOR (BMES) Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Estudiantes que acrediten ingreso per cápita dentro del I , II yI II quintil de ingresos. Excelencia académica. Matricula Vigente. Estar becado con alguna de siguientes Becas de Arancel: Beca Bicentenario, Beca Juan Gómez Millas, Beca Bicentenario Curso Superior, Beca Juan Gómez Millas Curso Superior, Beca de Excelencia, Beca Puntaje Nacional PSU, y que posean la Beca de Alimentación para la Educación Superior (BAES). DIez cuotas de $ 16.500 pesos Noviembre de cada año para obtención Becas de Mineduc Avance curricular exigido para tu Beca de Arancel. Estudiantes que acrediten ingreso per cápita dentro del I, II y III quintil de ingresos. Asignación a cargo de la JUNAEB, de acuerdo a los requisitos establecidos. Se notifica al alumno en el mes de marzo. La Beca de Mantención para la Educación Superior (BMES), consiste en la entrega de dinero de libre disposición orientado a cubrir las necesidades derivadas de los estudios. Para el año 2016, se fijó en diez cuotas de $ 16.500 pesos, distribuidas en el período de marzo a diciembre. Ley de Presupuesto de cada Año   Beca Mantención para la educacion superior. 20.481 18/12/2010 Ver Enlace Ver Enlace
36 BECA ALIMENTACION SUPERIOR BAES Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Postular a Ayudas Estudiantiles en el siguienteenlace en los plazos establecidos por el MINEDUC. $ 32.000 mensual Noviembre de cada año para obtención Becas de Mineduc Poseer asignación de becas arancel. Estar calificado en los quintiles I, II y III situación socioeconómica. Asignación a cargo de la JUNAEB, de acuerdo a los requisitos establecidos. Se notifica al alumno en el mes de marzo. Tarjeta de alimentación a los estudiantes de Educación Superior más vulnerables, por un valor mensual de $32.000 Ley de Presupuesto de cada Año Ley de Presupuesto de cada Año Ley de Presupuesto de cada Año Ley de Presupuesto de cada Año Ley de Presupuesto de cada Año Ver Enlace
37 BECA BICENTENARIO CURSO SUPERIOR Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Ver Enlace Arandel referencial Anual. Noviembre y Marzo de cada año Ser Chileno. Haber llenado y enviado adecuadamente formulario de postulación en las fechas correspondientes. Pertenecer al 70% de la población más vulnerable del país. Obtener al menos 500 puntos promedio PSU (Lenguaje y Comunicación y Matemática) Y grado de avance academico requerido. Los postulantes en situación de discapacidad serán eximidos del requisito de puntaje PSU; Matricularse o en alguna carrera regular de pregrado, con ingreso vía PSU, impartida por alguna universidad perteneciente al Consejo de Rectores (Universidades Tradicionales) según artículo 1° del D.F.L.(Ed.) N°4 de 1981, que se encuentren acreditadas por la Comisión Nacional de Acreditación al 31 de Diciembre de 2015. En el caso de matricularse en carreras de Medicina o Pedagogía, para hacer efectiva la beca, la carrera debe estar acreditada ante la Comisión Nacional de Acreditación al 31 de Diciembre de 2015. Realizar una acreditación socioeconómica en la institución de matrícula. Los plazos los establece Mineduc. Los estudiantes realizan su postulación en el mes de Noviembre de cada año y Mineduc entrega resultados de pre-selección en el mes de Enero. Luego del proceso de Acreditación Socioeconòmica en el cual el estudiante respalda lo expuesto en FUAS, se entregan resultados de Asignación en el mes de Febrero. Así mismo permite la postulación y acreditación en el mes de marzo a estudiantes rezagados. Los resultados son publicados en: www.beneficiosestudiantiles.cl Financiar el Arancel Referencial Anual de la Carrera Decreto Modifica Decreto Nº 108, de 2015, que modifica Decreto Nº 97 de 2013,modificado por el Decreto Nº 167 de 2014 que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior. 108 07/09/2015 Ver Enlace Ver Enlace
38 BECA JUAN GOMEZ MILLAS CURSO SUPERIOR Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Ver Enlace $1.150.000 Noviembre y Marzo de cada año Ser chileno(a). No contar con un título profesional o técnico de nivel superior. Pertenecer al 70% de la población más vulnerable del país. Haber llenado y enviado adecuadamente el formulario de postulación (FUAS) en las fechas correspondientes. Obtener al menos 500 puntos promedio PSU (pruebas Lenguaje y Comunicación y Matemática) y avance academico requerido. Matricularse en pregulares impartidas por instituciones de Educación Superior que se encuentren acreditadas al 31 de Diciembre del 2015 ante la Comisión Nacional de Acreditación. En el caso de matricularse en Medicina o Pedagogía, para hacer efectiva la beca, la carrera debe estar acreditada. Realizar una acreditación socioeconómica en la institución de matrícula, presentando los documentos descritos en la sección Matrícula y Acreditación del sitio www.beneficiosestudiantiles.cl Los plazos los establece Mineduc. Los estudiantes realizan su postulación en el mes de Noviembre de cada año y Mineduc entrega resultados de pre-selección en el mes de Enero. Luego del proceso de Acreditación Socioeconòmica en el cual el estudiante respalda lo expuesto en FUAS, se entregan resultados de Asignación en el mes de Febrero. Así mismo permite la postulación y acreditación en el mes de marzo a estudiantes rezagados. Los resultados son publicados en: www.beneficiosestudiantiles.cl Finanancia hasta $1.150.000 Arancel Referencial Anual. Decreto Modifica Decreto Nº 108, de 2015, que modifica Decreto Nº 97 de 2013,modificado por el Decreto Nº 167 de 2014 que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior. 108 07/09/2015 Ver Enlace Ver Enlace
39 BECA HIJO PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN CURSO SUPERIOR Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Ver Enlace $ 500.000 Noviembre y Marzo de cada año Ser Chileno. Haber llenado y enviado adecuadamente el formulario en las fechas correspondientes. Ser hijo de Profesional o de Asistente de la Educación cuyo padre o madre tenga contrato vigente al 31 de diciembre de 2015 en establecimientos municipales, subvencionados o de administración delegada. Pertenecer al 80% de la población más vulnerable del país. Obtener al menos 500 ptos. promedio PSU (Lenguaje y Comunicación y Matemáticas) del proceso de admisión 2014 o 2015 con el cual el estudiante fue seleccionado para ingresar a la carrera. Tener un promedio de notas de enseñanza media igual o superior a 5.5. Los 100 mejores estudiantes que obtengan al menos un puntaje PSU de 600 puntos y un promedio de notas de enseñanza media (NEM) igual o superior a 6.0 se les eximirá del requisito socioeconómico. Matricularse en primer año en Instituciones de Educación Superior que cuenten con plena autonomía. En el caso de matricularse en carreras de Medicina o Pedagogía, para hacer efectiva la beca, la carrera debe estar acreditada ante la Comisión Nacional de Acreditación al 31 de Diciembre de 2015. Realizar una acreditación socioeconómica en la institución de matrícula. Los plazos los establece Mineduc. Los estudiantes realizan su postulación en el mes de Noviembre de cada año y Mineduc entrega resultados de pre-selección en el mes de Enero. Luego del proceso de Acreditación Socioeconòmica en el cual el estudiante respalda lo expuesto en FUAS, se entregan resultados de Asignación en el mes de Febrero. Así mismo permite la postulación y acreditación en el mes de marzo a estudiantes rezagados. Los resultados son publicados en: www.beneficiosestudiantiles.cl Financia hasta $500.000 Arancel Referencial Anual. Decreto Modifica Decreto Nº 108, de 2015, que modifica Decreto Nº 97 de 2013,modificado por el Decreto Nº 167 de 2014 que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior. 108 07/09/2015 Ver Enlace Ver Enlace
40 BECA NUEVO MILENIO CURSO SUPERIOR Unidad de Bienestar Estudiantil, Dirección Asuntos Estudiantiles Ver Enlace Financia hasta $600.000 de Arancel Referencial Anual . Noviembre y Marzo de cada año Pertenecer al 70% de la población más vulnerable del país. egresados de Enseñanza Media, que se matriculen en primer año de una carrera técnica impartida por alguna Institución de Educación Superior (CFT, IP o universidad) o en una carrera profesional impartida por un Instituto Profesional. Las instituciones deben estar acreditadas al 31 de Diciembre del 2015 ante la Comisión Nacional de Acreditación.Pertenecer a los tres primeros quintiles de ingreso socioeconómico de la población del país. Matricularse en primer año 20 en alguna carrera regular Tècnica y tener promedio 5,0 en enseñanza media Los plazos los establece Mineduc. Los estudiantes realizan su postulación en el mes de Noviembre de cada año y Mineduc entrega resultados de pre-selección en el mes de Enero. Luego del proceso de Acreditación Socioeconòmica en el cual el estudiante respalda lo expuesto en FUAS, se entregan resultados de Asignación en el mes de Febrero. Así mismo permite la postulación y acreditación en el mes de marzo a estudiantes rezagados. Los resultados son publicados en: www.beneficiosestudiantiles.cl Financiar hasta $600.000 de Arancel Referencial Anual . Decreto Modifica Decreto Nº 108, de 2015, que modifica Decreto Nº 97 de 2013,modificado por el Decreto Nº 167 de 2014 que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior. 108 07/09/2015 Ver Enlace Ver Enlace
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