Transparencia Activa

Transparencia Activa

Este portal contiene información sobre el funcionamiento de nuestra institución en cumplimiento del Instructivo Presidencial Nro. 008 (04.12.2006) sobre "Transparencia Activa" de los Organismos de Gobierno.
Accesibilidad

Última actualización: 02/02/2024

Página leída 130 veces

Beneficios 2024: MINEDUC


Identificación de la Beca Unidad, órgano interno o dependencia que gestiona Requisitos y antecedentes para postular Monto global asignado Periodo o plazo de postulación Criterio de evaluación y asignación Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación Objetivo del subsidio o beneficio Tipo Denominación Número Fecha Link texto íntegro Enlace a mayor información, si corresponde
1 BECA DE REPARACIÓN TRASPASO VALECH Unidad de Beneficios Estudiantiles, Dirección General de Asuntos Estudiantiles Ver Enlace Traspaso (para un hijo o nieto): Para universidades del Consejo de Rectores, matrícula y arancel de referencia anual. Para universidades privadas y carreras profesionales en IP, matrícula y arancel anual, por un máximo de $1.150.000. Para CFT o carreras técnicas de IP, matrícula y arancel anual por un máximo de $600.000. Noviembre de cada año Estar en la “Nómina de Personas reconocidas como Víctimas” del anexo “Listado de Prisioneros y Torturados” del informe presentado por la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura (mayor Información en http://www.indh.cl/informacion-comision-valech). Cumplir con los requisitos académicos que la Institución de Educación Superior establezca para el ingreso o continuidad de estudios, de conformidad con sus disposiciones internas y las normas generales. Contar con Licencia de Enseñanza Media. Mineduc selecciona a estudiantes que cumplen con el requisito en el mes de mayo y entrega resultados en: www.beneficiosestudiantiles.cl Garantizar la continuidad de los estudios de nivel superior para aquellas personas que, cumpliendo con los requisitos que establece la Ley N°19.992, así lo soliciten, ya sea en Universidades del Consejo de Rectores, Universidades Privadas, Institutos Profesionales o Centros de Formación Técnica, que cuenten con Reconocimiento Oficial del Ministerio de Educación.El beneficio cubrirá la Matricula y Arancel Real. Decreto Supremo Reglamenta Otorgamiento de Beneficios Educacionales Contemplados en la Ley N° 19.992. 32 27-08-2005 Ver Enlace Ver Enlace
Volver