N° | Identificación de la Beca | Unidad, órgano interno o dependencia que gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado | Periodo o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación | Objetivo del subsidio o beneficio | Tipo | Denominación | Número | Fecha | Link texto íntegro | Enlace a mayor información, si corresponde |
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1 | BECA APOYO A PADRES | Unidad de Beneficios Estudiantiles, Dirección General de Asuntos Estudiantiles | El beneficio Apoyo a Padres consiste en un apoyo económico de $23.000.- pesos mensuales (a la fecha) el cual puede ser utilizado en: medicamentos, pediatra, pañales, entre otros. Para el hijo(a) del estudiante, el cual debe tener de 0 a 10 años. La duración del beneficio es de un semestre. | $ 230.000 anual por alumno. | Noviembre y marzo de cada año | Beneficio está destinado al estudiante que sea padre o madre y su hijo debe estar nacido no en gestación. b. El apoyo económico es para el estudiante, quien debe destinarlo a un hijo(a). c. No se puede utilizar el aporte económico en otros menesteres que no sea el destinado al hijo(a). d. El beneficio no puede ser entregado a estudiante-madre o estudiante-padre de un mismo hijo(a) sólo uno de los dos estudiantes podrá ser beneficiario. e. El estudiante debe tener el cuidado personal del hijo(a) (tuición o patria potestad). f. El beneficiado debe rendir con boletas el gasto del aporte económico cada mes del semestre en la Secretaría de Bienestar. | Noviembre y marzo de cada año | Aportar recursos económicos a estudiantes de escazos recursos para colaborar en su optimo desarrollo estudiantil. | Decreto | Reglamento de Becas Universidad Arturo Prat | 719 | 03-10-2018 | Ver Enlace | No aplica |